Un despido es colectivo cuando la empresa extingue contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y supera ciertos umbrales en un periodo de 90 días. Entonces no basta con entregar cartas: tiene que abrir un periodo de consultas con la representación de los trabajadores. La indemnización mínima es la del despido objetivo, aunque en la negociación a menudo se pacta más.

Cuándo es colectivo

Cuando, en un periodo de 90 días, la extinción afecta al menos a:

También lo es si afecta a toda la plantilla, siempre que sean más de cinco personas, por el cese total de la actividad.

Un punto importante: si la empresa va despidiendo "de uno en uno" por causas objetivas y, sumados en 90 días, supera esos umbrales para esquivar el procedimiento, esos despidos pueden ser nulos.

Cómo funciona el periodo de consultas

Desde dentro de RRHH: lo que se pacta en consultas suele ser lo que acaba cobrando la plantilla. Por eso conviene que tu representación conozca bien tu situación.

Qué te corresponde

Qué puedes hacer tú

  1. Pide información a tu representación sobre las causas, los criterios de selección y lo que se está negociando.
  2. Revisa tu carta individual: fecha de efectos, indemnización y criterio por el que te han incluido.
  3. Comprueba tus cifras: salario, antigüedad e indemnización pactada. Hazte una idea en la calculadora de Caudia.
  4. Ten presente tu plazo individual: también puedes impugnar tu despido individualmente en 20 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo un despido es colectivo?

Cuando en 90 días afecta al menos a 10 trabajadores en empresas de menos de 100, al 10 % de la plantilla en empresas de 100 a 300, o a 30 trabajadores en empresas de 300 o más. También cuando afecta a toda una plantilla de más de cinco personas por cese de actividad.

¿Qué indemnización corresponde en un ERE?

Como mínimo, 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. En el periodo de consultas a menudo se pacta una cantidad mayor.

¿Cobro el paro si me incluyen en un ERE?

Sí, el despido colectivo es situación legal de desempleo.

¿Puedo reclamar si me incluyen en un ERE?

Sí. Además de la impugnación colectiva que pueda hacer la representación, puedes impugnar tu despido individualmente en el plazo de 20 días hábiles.

Fuentes

Textos consolidados en el BOE y EUR-Lex. Cómo elaboramos y revisamos este contenido: política editorial.

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Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico sobre ningún caso concreto. Si tu situación lo requiere, consulta con un profesional colegiado antes de que tu plazo avance.