Si en tu documento de salida aparece una cláusula que te impide trabajar para la competencia durante un tiempo, no la firmes sin entender esto primero: para que sea válida, tiene que cumplir varios requisitos — y uno de ellos es que te paguen por cumplirla.

Los requisitos para que sea válida

Una cláusula de no competencia postcontractual solo es válida si se cumplen, a la vez: que la empresa tenga un interés real (industrial o comercial) en limitarte, y que se te compense económicamente de forma adecuada por el tiempo que dure la restricción, que en general no puede superar los 2 años para personal técnico y los 6 meses para el resto. Si falta cualquiera de los dos requisitos, la cláusula puede no ser exigible.

Sin compensación económica, no hay cláusula que valga

Este es el punto que más se pasa por alto: si el documento te pide no trabajar para la competencia durante meses, pero no especifica ninguna cantidad a cambio, es una cláusula con serias dudas de validez. No es un favor que le hagas a la empresa gratis — o se paga, o difícilmente es exigible.

Qué mirar antes de firmar

Qué pasa si ya la firmaste

Si ya firmaste una cláusula así y ahora tienes dudas sobre si es válida o sobre si te corresponde la compensación pactada, es exactamente el tipo de documento que conviene que revise un profesional antes de tomar cualquier decisión — aceptar un trabajo nuevo o reclamar el pago pendiente.

Fuentes

  • Estatuto de los Trabajadores: art. 21.

Textos consolidados en el BOE y EUR-Lex. Cómo elaboramos y revisamos este contenido: política editorial.

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Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico sobre ningún caso concreto. Si tu situación lo requiere, consulta con un profesional colegiado antes de que tu plazo avance.