La ley española no tiene un "despido por inteligencia artificial". Si una empresa automatiza tu puesto y prescinde de ti, lo normal es que lo tramite como un despido objetivo por causas técnicas u organizativas. Eso significa que tiene que explicar la causa por escrito, demostrar que es real y relacionarla con tu puesto concreto. Si no lo consigue, el despido puede ser improcedente.
La IA no te despide. Te despide una carta que dice "causas técnicas". Y esa carta se puede leer.
Cómo se tramita: causas técnicas u organizativas
El Estatuto de los Trabajadores permite el despido objetivo por causas técnicas, cuando cambian los medios o instrumentos de producción, y por causas organizativas, cuando cambian los sistemas y métodos de trabajo o la forma de organizar la producción. Implantar un software que hace parte de tus tareas encaja, en principio, en alguna de las dos.
Pero "en principio" no basta. La empresa tiene que acreditar:
- Que el cambio es real. Que la herramienta existe, está implantada y hace el trabajo, no que "se va a implantar".
- Que afecta a tu puesto. Que tus tareas desaparecen o se reducen de verdad, no que se reparten entre tus compañeros.
- Que despedirte tiene sentido con esa causa. Una relación razonable entre el cambio y la decisión de prescindir de ti.
Ya hay tribunales que se han pronunciado. En 2019, un juzgado de lo social de Las Palmas declaró improcedente el despido de una trabajadora sustituida por un programa informático: entendió que abaratar costes automatizando no bastaba, por sí solo, como causa técnica. Es un caso concreto, no una regla general. Pero muestra que el debate existe.
Qué tiene que decir la carta
Como en todo despido objetivo, la comunicación tiene que ser escrita y explicar la causa. En un despido ligado a la automatización, busca en tu carta:
- Qué herramienta o cambio concreto se ha implantado, y desde cuándo.
- Qué tareas de tu puesto asume y en qué medida.
- Por qué tu puesto y no otro, si hay más personas haciendo lo mismo.
Una carta que solo dice "por la digitalización de los procesos" sin más detalle es una carta débil. En juicio, la empresa no podrá añadir después lo que no escribió.
Indemnización, preaviso y plazo
- Si el despido es procedente: 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, puestos a tu disposición al entregarte la carta.
- Preaviso: 15 días, o el salario de esos días si no te lo dan.
- Si es improcedente: 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades (los periodos anteriores a febrero de 2012 se calculan distinto).
- Plazo para reclamar: 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos.
Puedes hacer un cálculo orientativo de los dos escenarios en la calculadora de Caudia.
Si la automatización afecta a mucha gente en poco tiempo, pueden aplicarse las reglas del despido colectivo (ERE), con un periodo de consultas obligatorio.
Si en vez de despedirte te dicen que "no te adaptas"
Otra vía es el despido por falta de adaptación a modificaciones técnicas de tu puesto. Aquí la ley pide más a la empresa: que los cambios sean razonables, que te haya ofrecido formación para adaptarte y que haya pasado un tiempo mínimo desde el cambio. Si te cambian las herramientas y nadie te forma, guarda constancia.
¿Y si fue un algoritmo el que decidió?
Hay dos protecciones a conocer:
- Información a la representación de los trabajadores. El comité de empresa tiene derecho a conocer los parámetros y reglas de los algoritmos o sistemas de IA que afectan a decisiones sobre las condiciones de trabajo, incluido el mantenimiento del empleo.
- Protección de datos. Tienes derecho, con matices, a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en un tratamiento automatizado que te afecten de forma significativa, y a pedir intervención humana.
Además, el Reglamento europeo de IA considera de alto riesgo los sistemas que se usan para tomar decisiones sobre la extinción de relaciones laborales, con obligaciones reforzadas para quien los usa.
Qué hacer si crees que es tu caso
- Apunta qué herramienta llegó, cuándo y qué tareas tuyas asume.
- Comprueba si tus tareas desaparecen o pasan a otras personas.
- Guarda pruebas de si te ofrecieron formación, o de que no lo hicieron.
- Revisa la carta con el checklist de arriba, sin firmar más que la recepción.
- Ten presente el plazo: 20 días hábiles.
Preguntas frecuentes
¿Es legal que me despidan porque una IA hace mi trabajo?
Puede serlo, como despido objetivo por causas técnicas u organizativas, si la empresa acredita que el cambio es real, que afecta a tu puesto y que el despido guarda relación con él. Si no lo acredita, el despido puede declararse improcedente.
¿Qué indemnización me corresponde si me sustituyen por una IA?
Si el despido objetivo es procedente, 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. Si se declara improcedente, 33 días por año con un tope de 24 mensualidades, con un cálculo distinto para la antigüedad anterior a febrero de 2012.
¿Pueden despedirme por no saber usar una herramienta nueva?
La ley prevé el despido por falta de adaptación a modificaciones técnicas, pero exige que los cambios sean razonables, que la empresa te ofrezca formación y que pase un tiempo mínimo. Sin formación previa, la empresa lo tiene más difícil.
¿Puedo saber si un algoritmo ha influido en mi despido?
La representación de los trabajadores tiene derecho a información sobre los algoritmos que afectan a las condiciones de trabajo. Y la normativa de protección de datos limita las decisiones basadas únicamente en tratamientos automatizados. En un caso concreto, conviene revisarlo con un profesional.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores: art. 51, art. 52, art. 53, art. 56, art. 64.
- Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
- Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial.
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