El finiquito no es un gesto de buena voluntad de la empresa, es una obligación de pago. Si no llega, hay una vía clara para reclamarlo, y no depende de que la empresa "quiera" pagar.

Primer paso: reclamación por escrito

Antes de cualquier trámite formal, reclama por escrito —idealmente por un canal que deje constancia de fecha, como un burofax o un email—, detallando los conceptos que se te deben y desde cuándo. Muchas veces un impago no es mala fe, es un fallo administrativo, y una reclamación formal es suficiente para resolverlo.

Si no hay respuesta: la papeleta de conciliación

Igual que para reclamar un despido, reclamar una cantidad económica no pagada también pasa primero por la papeleta de conciliación en el SMAC, antes de poder demandar. El procedimiento es el mismo que ya vimos: un trámite gratuito que muchas veces se resuelve ahí, sin llegar a juicio.

El plazo para reclamar cantidades

A diferencia del plazo de caducidad de 20 días hábiles para reclamar un despido, reclamar el pago de cantidades adeudadas (como un finiquito) tiene un plazo de prescripción distinto, más largo: un año. Aun así, no conviene esperar: cuanto antes reclames, más fácil es resolverlo.

El recargo del 10 % por retraso

Los conceptos salariales del finiquito, como los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas o la parte de las pagas extra, son salario. Si la empresa los paga tarde, la ley fija un interés por mora del 10 % de lo adeudado. Puedes pedirlo en la misma papeleta de conciliación, junto con el importe.

La indemnización por despido no es salario, así que no sigue esa regla del 10 %.

¿Hay multa por retrasar el finiquito?

La «multa» no es para ti: es una sanción a la empresa. El impago y los retrasos reiterados en el pago del salario son una infracción muy grave que puede sancionar la Inspección de Trabajo. Puedes presentar una denuncia ante la Inspección, pero eso no te paga el finiquito. Para cobrar, la vía es la papeleta y, si hace falta, la demanda.

Si la empresa cierra o no puede pagar

Si la empresa es insolvente o está en concurso, el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) puede pagarte salarios e indemnizaciones pendientes, con límites. Antes hace falta tener la deuda reconocida, normalmente en conciliación o por sentencia, así que no dejes de reclamar aunque la empresa esté mal.

Por qué merece la pena insistir

Un finiquito impagado no desaparece solo porque la empresa no conteste. Es dinero que ya has trabajado y que te corresponde por ley — la vía para reclamarlo es sencilla y, en la mayoría de los casos, no requiere llegar a un juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme el finiquito?

Lo normal es que se pague al terminar la relación laboral. Si no llega, reclámalo por escrito y, si no hay respuesta, presenta la papeleta de conciliación. Tienes un año para reclamar cantidades.

¿Cuánto interés puedo pedir si me pagan tarde el finiquito?

Por los conceptos salariales del finiquito, la ley fija un interés por mora del 10 % de lo adeudado. La indemnización por despido no sigue esa regla.

¿Puedo denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo?

Sí. El impago y los retrasos reiterados del salario pueden sancionarse como infracción muy grave. Pero la sanción no te paga el finiquito: para cobrar tienes que reclamar por la vía de conciliación y demanda.

¿Qué pasa si la empresa cierra y no me paga?

El FOGASA puede pagar salarios e indemnizaciones pendientes, con límites, cuando la empresa es insolvente o está en concurso. Necesitas tener la deuda reconocida, normalmente en conciliación o por sentencia.

Fuentes

  • Estatuto de los Trabajadores: art. 29, art. 33, art. 59.
  • Ley reguladora de la jurisdicción social: art. 63.
  • Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social: art. 8.

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Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico sobre ningún caso concreto. Si tu situación lo requiere, consulta con un profesional colegiado antes de que tu plazo avance.